

¿Qué requisitos son necesarios para el carnet o permiso de motos AM o para lograr el carnet A? Con tanto carnet con la letra A (AM, A, A1, A2) es fácil confundirse.
En otro artículo hablamos de motos eléctricas, hoy te contamos de forma clara los distintos tipo de carnets de motos y los requisitos necesarios para poder obtenerlos.
El carnet AM
Este carnet de moto permite conducir ciclomotores de dos o tres ruedas y los cuadriciclos ligeros. La edad mínima para obtenerlo es de 15 años. Este permiso consta de dos pruebas:
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Un Examen Teórico Específico (de Ciclomotor)
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Un Examen Práctico en Circuito Cerrado
Para poder llevar pasajeros es obligatorio que el vehículo esté homologado para dos plazas y que la persona tenga ya 18 años.
El carnet A1
Este permiso autoriza a la persona la conducción de motos hasta 125 centímetros cúbicos y 11 Kw máximo de potencia, y una relación potencia/peso no superior a 0.1 Kw/Kg. También se puede conducir ciclomotores o vehículos para personas con movilidad reducida.
Consta de dos pruebas, un examen teórico y una prueba práctica.
El carnet A2
Este carnet de motos autoriza la conducción de ciclomotores y motocicletas con una potencia máxima de 35 KW (unos 47,5 CV). Con este carnet se pueden conducir motos de cualquier cilindrada siempre que se no excedan los 47,5 CV y no supere los 95 CV de origen.
La edad requerida son 18 años. El carnet A2 también consta de 3 pruebas, una teórica y otra práctica en circuito cerrado y otra práctica en circuito abierto, circulando. Sin embargo si ya tenías el carnet A1 entonces no tendrás que hacer la prueba teórica ni la de circuito cerrado solo tendrías que hacer la prueba de circulación.
El carnet A
El permiso A2 autoriza la conducción de todo tipo de motocicletas y ciclomotores, cono sin sidecar. La edad mínima para obtenerlo son los 20 años cumplidos. Para obtener este carnet antes tienes que tener el carnet A2 en vigor con un mínimo de dos años de antigüedad
Otros requisitos para la obtención de estos carnets de motos
- Tener la residencia en España o si se es estudiante demostrar esta condición y que se va a permanecer un mínimo de 6 meses continuados en territorio español
- No estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o intervención del carnet de conducción que se posee.
- El candidato/a a dichos carnets debe reunir las aptitudes psicofísicas necesarias para superar las pruebas del permiso que se solicita.
- Ser declarado apto por la Jefatura Provincial o Local de Tráfico en las pruebas teóricas y prácticas en relación con el permiso solicitado.
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Fuente|www.dgt.es/